Rubio & Garcia Abogados · Extranjería

Reagrupación Familiar

Reunirse con tu familia en España es un derecho. Te ayudamos a tramitar todo el proceso para que el reencuentro llegue cuanto antes.

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Área de práctica

¿Quién puede reagrupar a sus familiares?

La reagrupación familiar permite traer a España al cónyuge o pareja, a los hijos menores de edad y, en determinados casos, a los ascendientes, siempre que el reagrupante cumpla los requisitos de residencia legal, ingresos suficientes y vivienda adecuada para acoger a los familiares.

El proceso implica dos fases: en España se tramita la autorización de residencia ante la Oficina de Extranjería, y el familiar la gestiona en el consulado español de su país de origen para obtener el visado de residencia. Los requisitos varían según el tipo de familiar que se quiere reagrupar y la situación concreta del reagrupante.

Una preparación cuidadosa del expediente evita retrasos y denegaciones. En Rubio & Garcia Abogados revisamos todos los requisitos y acompañamos en cada fase del proceso para que el trámite sea lo más ágil posible.

¿En qué te ayudamos?

  • Reagrupación de cónyuge
  • Reagrupación de hijos menores
  • Reagrupación de hijos mayores con discapacidad
  • Reagrupación de ascendientes
  • Renovación del permiso del reagrupado
  • Recursos ante denegaciones
  • Asesoramiento sobre ingresos y vivienda
  • Gestión de visados en consulados
  • Reunión por razones humanitarias
Proceso

Cómo trabajamos tu caso

Un proceso claro y ordenado para que sepas exactamente dónde estás en cada momento.

1

Verificación de requisitos del reagrupante

Comprobamos que tienes permiso de residencia vigente, ingresos suficientes y vivienda adecuada para iniciar la reagrupación.

2

Documentación necesaria en España

Preparamos toda la documentación necesaria para presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería.

3

Solicitud de autorización

Presentamos la solicitud y hacemos seguimiento hasta obtener la resolución favorable.

4

Tramitación del visado en el consulado

Orientamos al familiar en el país de origen sobre cómo solicitar el visado de residencia en el consulado español.

5

Entrada en España y obtención de la tarjeta

Una vez en España, gestionamos los trámites para la obtención de la tarjeta de identidad de extranjero.

6

Renovaciones posteriores

Te informamos de los plazos de renovación y te ayudamos a tramitarlas cuando llegue el momento.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre reagrupación familiar

Los ingresos mínimos exigidos varían según el número de personas a reagrupar y se calculan en función del IPREM. En general, hay que demostrar ingresos suficientes para mantener a la familia de forma estable. La cantidad exacta depende de cuántos familiares se van a reagrupar. Te calculamos el mínimo necesario para tu caso concreto.
Sí, pero con requisitos más estrictos que para el cónyuge o los hijos. En general, los ascendientes deben tener más de 65 años o depender económicamente del reagrupante, y el reagrupante debe acreditar una residencia de larga duración o llevar suficiente tiempo con sus permisos renovados de forma continuada.
El proceso completo (desde la solicitud en España hasta que el familiar puede entrar con el visado) suele tardar entre 6 meses y 1 año. La rapidez depende de la carga de trabajo de la Oficina de Extranjería y del consulado del país de origen. Una documentación bien preparada desde el inicio ayuda a evitar retrasos por requerimientos.
Hay que analizar los motivos de la denegación. Los más frecuentes son documentación incompleta o ingresos por debajo del mínimo exigido. En muchos casos se puede recurrir la resolución o mejorar la solicitud y volver a presentarla cuando se subsanen los defectos. Analizamos cada resolución para valorar la mejor vía.

¿Quieres traer a tu familia a España?

Cuéntanos tu situación y te explicamos los pasos y lo que necesitas.